Visión
Institución sostenible y dinámica, que opera con óptimos estándares, basados en normas nacionales e internacionales, que garantiza la excelencia en la protección zoosanitaria, la seguridad alimentaria, económica y competitiva de los productores, coadyuvando de esa manera con la salud pública y la protección ambiental.

Misión
Garantizar la protección de los servicios zoosanitarios, aplicando métodos técnicos y científicos, un sistema de normas y controles sanitarios que permitan un nivel adecuado de protección pecuaria sostenido y competitivo.

Objetivo
Promover, normar y aplicar las medidas para la prevención, el diagnóstico, la investigación, el control y la erradicación de las enfermedades y/o plagas de los animales, a fin de proteger el patrimonio animal y coadyuvar en la salud pública y la protección ambiental.

Funciones

  • Promover, fomentar, organizar, vigilar, coordinar y ejecutar, en su caso, las actividades en materia de salud animal, incluyendo aquellas en las que participen las diversas dependencias de la administración pública, gobiernos provinciales, municipales y de corregimiento, así como particulares.
  • Establecer las bases y parámetros que deberán seguir las normas de salud animal, así como la supervisión, verificación y certificación de su actualización y cumplimiento.
  • Elaborar el listado para la acreditación de personas naturales y jurídicas en materia zoosanitaria.
  • Establecer requisitos zoosanitarios que deberán cumplir, para su introducción al país, los animales, sus productos y subproductos; así como los medicamentos para uso exclusivo de veterinaria, productos biológicos, biotecnológicos, químicos y alimenticios cuando sean para consumo y uso animal.
  • Aprobar la elegibilidad, desde el punto de vista zoosanitario, de zonas, países y regiones, para que exporten animales vivos y sus productos hacia Panamá que no sean de consumo humano y animal.
  • Proponer las normas en materia de salud animal para la importación, exportación, tránsito y movilización de los animales vivos, así como supervisar y vigilar su cumplimiento.
  • Proponer las normas en materia de salud animal para la importación, exportación, tránsito y movilización de los productos o subproductos de origen animal; insumos para su uso; desechos y desperdicios cuando representen un riesgo para la salud de los animales, así como supervisar y vigilar su cumplimiento.
  • Establecer, fomentar, mantener, coordinar y vigilar la operación de la infraestructura zoosanitaria.
  • Difundir permanentemente información en materia de salud animal.
  • Autorizar la ubicación y operación de las explotaciones animales en zonas zoosanitarias de riesgo.
  • Declarar hatos libres, zonas de control, zonas de escasa prevalencia, zonas de erradicación, zonas libres y país libre de enfermedades y/o plagas de los animales.
  • Establecer y operar un programa nacional de vigilancia epidemiológica, sustentado principalmente en el control de movilización de los animales y muestreos en plantas procesadoras y unidades de producción animal.
  • Regular la utilización de los productos biológicos, biotecnológicos, químicos, medicamentos veterinarios y alimenticios para uso y consumo exclusivo de animales.
  • Aplicar cuarentenas a animales y/o productos o subproductos de origen animal cuando se sospeche o se tenga por seguro que éstos puedan causar daños a la salud de los animales y dictaminar sobre su destino cuando se confirme su peligrosidad.
  • Instrumentar, coordinar y operar el Sistema Nacional de Emergencia en Salud Animal.
  • Atender las denuncias que se presenten, imponer sanciones y resolver recursos administrativos, en los términos de esta Ley.
  • Expedir Certificados Zoosanitarios.
  • Proponer al Ministro de Desarrollo Agropecuario las tarifas a cobrar por los servicios que preste la Dirección.
  • Inspeccionar y cuando sea necesario, ordenar la limpieza, desinsectación y desinfectación de instalaciones, granjas, plantas procesadoras o cualquier vehículo aéreo, marítimo o terrestre dentro del territorio nacional cuando presente un riesgo zoosanitaria para el país.
  • Registrar medicamentos, productos biológicos y fármacos para uso exclusivo veterinario.
  • Presentar, al Despacho Superior, los elementos técnicos que sustenten la necesidad de declarar un estado de emergencia en salud animal.
  • Garantizar un sistema oficial de información sanitario actualizado sobre el historial de los hatos ganaderos de las fincas, a fin de darle un seguimiento y control sanitario en las explotaciones ganaderas.
  • Otras funciones afines que le sean asignadas.


Para el desarrollo de sus funciones, cuenta con las siguientes unidades administrativas:

  • Departamento de Epidemiología
  • Departamento de Educación Sanitaria
  • Departamento de Campañas Zoosanitarias
  • Departamento de Registro
  • Laboratorio de Diagnóstico e Investigación Veterinaria
    Sección de Control de Calidad
    Sección de Diagnóstico Veterinario
    Laboratorios Zonales Regionales
  • Departamento de Trámites de Requisitos de Importación y Exportación
  • Departamento de Trazabilidad

Cargo

Nombre

Correo

Teléfono

Director Nacional

Dr. Concepción Santos

csantos@mida.gob.pa

+507 524-2214

Jefe Departamento de Epidemiologia

Dr. Lester Reyes

lreyes@mida.gob.pa

+507 524-2221

Jefe Departamento de Educación Sanitaria

Dr. Humberto Hernández

hhernandez@mida.gob.pa

+507 524-2867

Jefe Departamento de Campañas Zoosanitarias

Dr. Ricardo Cedeño

ricedeno@mida.gob.pa

+507 524-2219

Jefe Departamento de Registros

Dra. Jezibel Donado

jdonado@mida.gob.pa

+507 524-2218

Jefe de Laboratorio Diagnóstico e Investigación Veterinaria

Dr. Irving Monfante

imonfante@mida.gob.pa

+507 524-2222

Jefe Departamento de Trámites de Requisitos de Importación y Exportación

Dr. Wilfrido Redondo

wiredondo@mida.gob.pa

+507 524-2220

Jefe Departamento de Trazabilidad

Dr. Rommel Rosas

rrosas@mida.gob.pa

+507 524-2214

Administrador

Lcda. Regina Atencio

 ratencio@mida.gob.pa

+507 524-2210

Para el desarrollo de sus funciones, la Dirección Nacional de Salud Animal (DINASA) cuenta con las siguientes unidades administrativas:

– Departamento de Epidemiología
– Departamento de Educación Sanitaria
– Departamento de Campañas Zoosanitarias
– Departamento de Registro
– Laboratorio de Diagnóstico e Investigación Veterinaria

Sección de Control de Calidad
Sección de Diagnóstico Veterinario
Laboratorios Zonales Regionales    Comunicado
– Departamento de Trámites  de Importación y Exportación    Informes de inspección “in situ”

– Departamento de Trazabilidad

VIGILANCIA E INFORMACION  EPIDEMIOLOGICA

Objetivo Principal:
Mantener vigente el sistema de captura, análisis y distribución de la información epidemiológica zoosanitaria nacional e internacional, así como contar con la capacidad de efectuar análisis para la determinación del Cálculo de Riesgo y, con base en todo ello, proponer alternativas de solución sobre problemas zoosanitarios de la ganadería nacional.
 
Funciones Generales:
• Apoyar a la Dirección Nacional de Salud Animal, en el cumplimiento de sus responsabilidades, dentro del área de su competencia.
• instrumentar y coordinar la aplicación de un sistema de información y vigilancia epidemiológica, que permita conocer la situación zoosanitaria a nivel nacional, de las enfermedades de reporte obligatorio, con énfasis en la información obtenida en los mataderos, plantas procesadoras, laboratorios de diagnóstico veterinario, oficiales y privados, así como de los puntos internos de control de movilización de animales y sus productos, como fuentes primarias de dicha información.
• Diseñar, supervisar y evaluar, en forma programada y sistemática, por intermedio del personal de la Sección de Campañas y Control Zoosanitario, muestreos ser epidemiológicos o de otro tipo en campo, mataderos, plantas  procesadoras, que permitan conocer la situación zoosanitaria de explotaciones específicas o de zonas o regiones bajo control o en fase de erradicación; de enfermedades, así como para declarar regiones libres de plagas enfermedades o vigilar el mantenimiento de dicha condición.
• Solicitar con base en los resultados de laboratorio, obtenidos de las muestras recolectadas en mataderos o plantas procesadoras, acciones cuarentenarias o de rastreo epidemiológico, según sea el caso, así como colaborar en el análisis de la información relacionada con actividades de ese tipo, orientando al personal responsable, sobre las medidas o actividades complementarias recomendables en cada investigación en particular.
 
• Con base en la historia natural de cada enfermedad, apoyar en la planeación, instrumentación y aplicación de medidas contra epizoóticas y de medicina preventiva, así como en la determinación de regiones libres, endémicas de baja prevalencia, para endémicas y epidémicas.
• Dar seguimiento a casos de enfermedad de notificación inmediata y obligatoria, a  través del diseño y estructuración de protocolos y formas para la captura y registro de datos, así como a través del análisis de la información obtenida.
 
• Mantener una estrecha coordinación con los diferentes Departamentos y Secciones que integran la Dirección Nacional y otras fuentes externas de información de tipo epidemiológico.
• Elaborar conjuntamente con la Sección de Campañas Zoosanitarias, los Requisitos Zoosanitarios para la importación o movilización interna de bienes pecuarios o para uso en animales.
• Incorporar a los laboratorios oficiales, acreditados, plantas procesadoras, productores acuícolas y avícolas al sistema de notificación de enfermedades.
• Organizar, supervisar y evaluar la información zoosanitaria, a fin de poder determinar y jerarquizar las necesidades de atención en las diferentes provincias, comarcas y regiones.
 
• Vigilar que se mantengan adecuados flujos de información, con los diferentes organismos nacionales e internacionales respecto a la situación y/o estado zoosanitario que guardan las enfermedades en el mundo, conformando el banco de información zoosanitaria mundial.
• Supervisar y autorizar las publicaciones periódicas que den a conocer el comportamiento de las diferentes enfermedades de reporte obligatorio, a nivel nacional e internacional, para mantener la retroalimentación entre las partes normativas y operativas, basándose en los indicadores epidemiológicos.
 
• Promover la elaboración de material didáctico de promoción y sensibilización que fomente la necesidad e importancia del reporte oportuno y veraz de la presentación de enfermedades.
• Colaborar con la Sección de Campañas y Control  Zoosanitario de Plantas, en la determinación de autorizaciones para la ubicación de explotaciones pecuarias o plantas procesadoras de productos de origen animal, en zonas de alto riesgo zoosanitario.
 
• Establecer los métodos y parámetros bajo los cuales opera la determinación del cálculo de riesgo zoosanitario, el cual determina, en términos de probabilidad, el grado de peligrosidad que representa la importación o movilización interna de animales, sus productos o subproductos o cualquier otro elemento, capaz de vehiculizar agentes infecciosos de importancia en Salud Pública Veterinaria.
 
• Organizar y mantener la mapoteca para la instrumentación de las tácticas y estrategias para el combate de enfermedades.

Funciones:

  • Apoyar a la Dirección Nacional de Salud Animal, en el cumplimiento de sus responsabilidades dentro del área de su competencia.
  • Coordinar a nivel normativo las actividades de educación y capacitación con las distintas unidades administrativas que integran la Dirección Nacional y las coordinaciones de Salud Animal de las direcciones regionales. 
  •  Dar seguimiento y evaluar todas las acciones plasmadas en los planes anuales de trabajo, enmarcadas en las responsabilidades del Departamento.
  • Recopilar y consolidar el Plan Anual de Trabajo (PAT), en materia de educación sanitaria.
  • Apoyar y dar seguimiento al plan anual de trabajo de las distintas unidades administrativas de la Dirección y las coordinaciones regionales de Salud Animal, de acuerdo al cronograma de actividades presentado, en materia de educación sanitaria y capacitación.
  •  Elaborar, implementar y supervisar el programa de capacitación (educación continua) para el personal técnico, de acuerdo a las directrices y políticas de la Dirección Nacional de Salud Animal.
  •  Elaborar, divulgar e implementar las normas y procedimientos para la selección de candidatos a cursos de capacitación a nivel nacional e internacional según el programa de capacitación continúa.
  •  Coordinar y supervisar el proceso de selección de los candidatos a cursos de capacitación a nivel nacional e internacional.
  •  Colaborar en la selección de los facilitadores (capacitadores) responsables de dictar los cursos de capacitación y educación continua, para los funcionarios de la Dirección Nacional de Salud Animal a nivel nacional y regional.
  •  Preparar y coordinar la elaboración de material informativo y educativo (panfletos, plegables, postres, afiches, banners, etc.) de las actividades y programas de la Dirección.
  •  Coordinar el programa educativo zoosanitario dirigidos a productores y a miembros de la comunidad.
  •  Coordinar con la jefatura de Comunicación y Capacitación de GEPESA, todas las acciones de educación sanitaria y capacitación en situaciones de emergencias zoosanitarias. 
  •  Divulgar a través del GEPESA, las medidas técnicas para controlar y/o erradicar brotes de enfermedades en caso de emergencias sanitarias.
  •  Otras funciones que le sean asignadas.

El Boletín Epidemiológico, es el medio oficial de difusión de la morbilidad y mortalidad del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica y representa una de las principales actividades del Departamento de Epidemiología de la Dirección Nacional de Salud Animal – DINASA.

El Boletín Epidemiológico está dirigido a aquellas personas, Organismos o Instituciones relacionadas con el ámbito de la salud animal, salud pública y vigilancia epidemiológica. 

Sus principales objetivos son la publicación de forma oportuna de información útil a los profesionales de salud animal, salud pública, y difundir la información ya consolidada procedente de las acciones de vigilancia epidemiológica.

Boletines Informativos

Objetivos

Brindar soluciones a los productores en sus necesidades en materia diagnóstica y de garantizar la inocuidad de sus productos en los mercados de exportación y nacional. En vista de los requisitos, cada vez más exigentes a nivel tanto nacional como internacional en lo que respecta a la calidad y pertinencia de los resultados obtenidos en pruebas de laboratorio; declaramos la siguiente Política de Calidad.

Política de calidad

El Laboratorio de Diagnóstico e Investigación Veterinaria “Dr. Gerardino Medina H.”, se compromete a desarrollar sus actividades bajo el esquema del mejoramiento continuo, siguiendo los lineamientos de un Sistema de Gestión de Calidad basado en la Norma ISO-IEC 17025, involucrando en su desarrollo, implementación y mantenimiento a todo el personal del Laboratorio, con la finalidad de elevar su competencia técnica, garantizando así la satisfacción del cliente, coadyuvando con la salud pública y el medio ambiente.

 

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