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Cuarentena Post Entrada Vegetal

Resuelto N° DAL-072-ADM-2014 de 13 de octubre de 2014

Que existen plagas cuarentenarias que pueden ser transmitidas a través de material propagativo, las cuales no siempre son detectadas en la inspección y que pudieran ser transportadas en el material importado, difíciles de interceptar en la fiscalización fitosanitaria en los puntos de ingreso.

Que estas plagas requieren determinadas condiciones fenológicas del hospedante para poder manifestarse y/o detectarse, por lo que puede ser necesario mantener bajo observación, éstos artículos reglamentados en lugares que reúnan las condiciones de bioseguridad mínimas hasta tanto se considere que el riesgo de introducción  y dispersión de plagas ha sido manejado adecuadamente.

Es necesario implementar un reglamento que defina los procedimientos para el ingreso de los artículos reglamentados sujetos a un régimen de seguimiento fitosanitario de cuarentena vegetal post entrada de: plantas vivas y material propagati

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