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Introducción de animales menores a la República de Panamá

Animales menores: Caninos, felinos y hurones.     

A. Requisitos

  1. Documento oficial “Certificado Zoosanitario de Exportación” expedido por la Autoridad Sanitaria del país de procedencia, legalizados mediante “Apostillado” por Cancillería o Consularizado en oficinas diplomáticas panameñas con un máximo de treinta (30) días de emisión, donde conste que las mascotas (caninos, felinos y hurones) han sido examinados clínicamente presentando buen estado de salud.
  2. Certificado de Buena Salud emitido por un médico veterinario idóneo, con un máximo de treinta (30) días de emisión.
    Debe constar que las mascotas (caninos, felinos y hurones) han sido examinados clínicamente, presentando buen estado de salud y que no presenten heridas frescas o en proceso de cicatrización.
  3. Cartilla de Vacuna vigente

 

Es obligatorio que antes del viaje los animales estén vacunados contra las siguientes enfermedades:

  • Caninos: rabia, distemper, hepatitis, leptospirosis, parvovirus.
  • Felinos: rabia, rinotraqueitis viral felina, calicivirus felino, panleucopenia felina.
  • Hurones:
  • La vacuna antirrábica para caninos, felinos y hurones ha sido aplicada a partir de los tres (3) meses de edad y con treinta (30) días previos al viaje (cachorros). Y en los animales adultos las vacunas estén dentro del periodo de vigencia.
  • Indicar las fechas de vacunación, marca, lote y fecha de expiración en su cartilla de vacunación.
  • Indicar los tratamientos endo y ectoparasitarios realizados previos al embarque.

B. Procedimiento

  1. Notificar de 3 a 5 días hábiles previo a la llegada de su mascota, enviando la “Solicitud de Cuarentena Domiciliaria”.
  2. Debe solicitar el formulario “Solicitud de Cuarentena Domiciliaria” a los correos “cam@minsa.gob.pa” y «camzoonosis@gmail.com«
  3. Enviarlo a “cam@minsa.gob.pa” y “camzoonosis@gmail.com

    A su llegada a Panamá, en los puntos de ingreso (puertos, aeropuertos y fronteras):

  4. Debe presentarse con la documentación original y un juego de copias en la Oficina de la Dirección Ejecutiva de Cuarentena Agropecuaria – MIDA.
  5. Debe presentarse con la documentación original en la Oficina.

C. Costos de los trámites

Ministerio de Desarrollo Agropecuario / Dirección Ejecutiva de Cuarentena Agropecuaria

  • B/. 10.00 (dólares) en efectivo por concepto de “Licencia Fito-zoosanitaria de Importación”; una (1) licencia por especie.
  • B/. 15.00 (dólares) en efectivo por la Inspección Veterinaria por animal.

 

Fundamento Legal:

  • Ley N° 23 del 15 de julio de 1997.
  • Decreto Ejecutivo N°18 del 21 de mayo de 2019.

 

Ministerio de Salud / Departamento de Control de Zoonosis / Sección de Cuarentena

  • B/.130.00 (dólares) en efectivo por animal por la cuarentena domiciliaria.

 

Fundamento Legal:

  • Decreto N° 1132 del 20 de agosto de 1970.
  • Decreto Ejecutivo N° 305 del 3 de octubre de 2006.
  • Resolución Ministerial N° 183 del 20 de agosto de 2001.

Horario de atención para trámite de importación de mascotas

Lunes a Domingo: 8:00 a.m. a 10:00 p.m.

Para mayor información

Favor llamar a los siguientes teléfonos:

  • (507) 238-4234
  • (507) 238-3752
  • (507) 524-2247

Correos electrónicos

Importación de otras especies animales, distintas a caninos, felinos y hurones

Solicitar previamente los requisitos zoosanitarios de importación a los correos arriba descritos o al teléfono 524-2220 (Dirección Nacional de Salud Animal – DINASA).

¿Qué desea hacer?