En primera instancia la empresa productora deberá registrarse ante la Oficina de Competitividad del Ministerio de Desarrollo Agropecuario, los siguientes documentos:
Una vez el productor cumpla con estos requisitos, se procede a emitir una resolución motivada, la cual es firmada por el Viceministro de Desarrollo Agropecuario y secretario de la Secretaría Técnica de la Comisión para el Programa para la Promoción y Modernización Agropecuaria y Agroindustrial, dando fe que la empresa está registrada. El original de esta resolución se entrega a la empresa luego de que el representante legal se haya notificado, la copia permanece en el expediente de la empresa, que reposa en la Sección de PROMAGRO.
De este acto siempre debe informarse a la Comisión de PROMAGRO cada vez que se convoque a reunión.
Para solicitar el Certificado de Fomento a la Producción el productor, una vez realizada la actividad (empaque, embalaje y flete), debe presentar la siguiente documentación:
El productor presenta los documentos (formularios de aplicación) a la Oficina de PROMAGRO, quien hace una revisión previa si la solicitud cuenta con los documentos requeridos, si está en orden procede a sellar y firma la recepción de los mismos, con el sello de “sujeto a revisión” y registra en el libro asignándole un numero secuencial que va de acuerdo a la fecha de entrada de la solicitud, también sella y firma la copia del productor.
El Jefe de la Oficina también lleva un registro electrónico de cada solicitud de CFP o expediente de documentos de la solicitud.
Cumplido este paso, la Secretaria de la Comisión de PROMAGRO procede a asignar el expediente de solicitud de CFP, según su orden de llegada, a uno de los analista de la Unidad Técnica de PROMAGRO quien se encargará de analizar y revisar con detenimiento cada uno de los documentos que conforman dicha solicitud para finalmente calcular el valor del CFP basado en las cantidades según el anexo 2, y emitir posteriormente la Resolución correspondiente con su hoja de cálculo, si todo esta correcto.
En la revisión del analista se observan, aspectos tales como: Descripción del producto, localización y características del centro de procesamiento, empaque y embalaje, cantidad producida, empacada y embalada, período comprendido de la producción empacada y embalada, costos del material del empaque y embalaje, costos del transporte y flete interno de la producción empacada y embalada, declaración jurada de solicitud de Certificado de Fomento Productivo (CPF), declaración del contador público autorizado relacionada a los costos incurridos por la empresa con respecto a la cadena de suministro (empaque, embalaje, transporte y flete interno), certificado fito y zoosanitario expedido por las Direcciones de Sanidad Vegetal y Salud Animal del Ministerio de Desarrollo Agropecuario, según sea el caso, certificado de salud cuando aplique, certificación de inspección por parte de la empresa verificadora de la cantidad de producto empacado, embalado y transportado internamente en el proceso de comercialización.
El analista debe foliar cada uno de las fojas que conforman la solicitud o expediente analizado.
Si por el contrario, a los documentos presentados por el productor le hace falta algo o hay que hacer alguna corrección, se le devuelve todo el expediente por medio de un formulario de devolución de solicitud para que proceda con lo solicitado. Esta solicitud queda en espera de continuación del trámite hasta que la empresa devuelva el expediente corregido.
La Resolución de CFP emitida para la firma del Secretario Técnico y el Presidente de la Comisión, conjuntamente con la hoja de cálculo firmada por el analista y el expediente de documentos solicitados en los formularios es presentada al Jefe de la Unidad Técnica de PROMAGRO para su revisión. Si todo está correcto procede a firmar la hoja de cálculo, si no está correcto, se devuelve al analista para que haga las correcciones pertinentes.
Una vez que se tenga un grupo de Resoluciones, el Jefe de la Unidad Técnica de PROMAGRO notifica al Presidente de la Comisión, para coordinar y convocar a reunión a los Comisionados y someter a su consideración y aprobación las Resoluciones de CFP emitidas. Estas reuniones por decisión unánime se realizan los miércoles de cada semana.
Aprobada las Resoluciones de CFP por los miembros de la Comisión, la Sección de PROMAGRO procede a enviarlas al Secretario Técnico de la Comisión (el Coordinador de Competitividad) y al Presidente (el Viceministro de Desarrollo Agropecuario) para las respectivas firmas.
Finalmente, las Resoluciones firmadas, donde se recomienda al Ministerio de Economía y Finanzas la emisión del CFP, con su hoja de cálculo y los expedientes de documentos se entregan a la secretaria de la Sección para que las distribuya según lo establecido en el Reglamento de la Ley.
A través de carta que firma el Viceministro del MIDA envía el original con los documentos al Ministerio de Economía y Finanzas para su fiscalización y emisión del Certificado de Abono Tributario.
A través de carta que firma el Coordinador del PROGRAMA se envía una copia a la Contraloría General de la República para su fiscalización
Conforme a lo que establece el Reglamento de la Ley No. 105 (Decreto Ejecutivo No. 46 de 16 de Abril de 2014 y su Modificación Decreto Ejecutivo No. 1 DEL 13 de enero de 2015) el trámite contado desde el momento en que se recibe la solicitud hasta que la Resolución es enviada al Ministerio de Economía y Finanzas debe durar 67 días, si todos los documentos están en su orden.
La empresa verificadora deberá registrarse ante la Dirección Nacional de Promoción de las Exportaciones del Ministerio de Comercio e Industrias ya que PROMAGRO reconocerá y utilizará aquellas que ya estén registradas en el CEFA.