Decreto de Gabinete No. 41 de 8 de octubre de 2024. Se prorrogan por seis meses adicionales las medidas de comercialización del café tostado establecidas por el Decreto de Gabinete N° 5 de 30 de marzo de 2021, prorrogado por los Decretos de Gabinete N° 24 de 30 de septiembre de 2021, N°4 de 6 de abril de 2022, N°28 de 6 de octubre de 2022, N°15 de 28 de marzo de 2023, N°33 de 3 de octubre de 2023 y N°18 de 27 de marzo de 2024.