Resolución N°OAL106-ADM-2016 de 15 de marzo de 2016. Recibir expedientes de las entidades crediticias, correspondiente únicamente a aquellos productores cuya inversión, tenga como máximo un (1) año, luego de haberla realizado.
Resolución N°OAL106-ADM-2016 de 15 de marzo de 2016. Recibir expedientes de las entidades crediticias, correspondiente únicamente a aquellos productores cuya inversión, tenga como máximo un (1) año, luego de haberla realizado.