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Departamento de Epidemiología

Objetivo Principal

Mantener vigente el sistema de captura, análisis y distribución de la información epidemiológica zoosanitaria nacional e internacional, así como contar con la capacidad de efectuar análisis para la determinación del Cálculo de Riesgo y, con base en todo ello, proponer alternativas de solución sobre problemas zoosanitarios de la ganadería nacional.

Funciones Generales

  • Apoyar a la Dirección Nacional de Salud Animal, en el cumplimiento de sus responsabilidades, dentro del área de su competencia.
    Instrumentar y coordinar la aplicación de un sistema de información y vigilancia epidemiológica, que permita conocer la situación zoosanitaria a nivel nacional, de las enfermedades de reporte obligatorio, con énfasis en la información obtenida en los mataderos, plantas procesadoras, laboratorios de diagnóstico veterinario, oficiales y privados, así como de los puntos internos de control de movilización de animales y sus productos, como fuentes primarias de dicha información.
  • Diseñar, supervisar y evaluar, en forma programada y sistemática, por intermedio del personal de la Sección de Campañas y Control Zoosanitario, muestreos ser epidemiológicos o de otro tipo en campo, mataderos, plantas procesadoras, que permitan conocer la situación zoosanitaria de explotaciones específicas o de zonas o regiones bajo control o en fase de erradicación; de enfermedades, así como para declarar regiones libres de plagas enfermedades o vigilar el mantenimiento de dicha condición.
  • Solicitar con base en los resultados de laboratorio, obtenidos de las muestras recolectadas en mataderos o plantas procesadoras, acciones cuarentenarias o de rastreo epidemiológico, según sea el caso, así como colaborar en el análisis de la información relacionada con actividades de ese tipo, orientando al personal responsable, sobre las medidas o actividades complementarias recomendables en cada investigación en particular.
  • Con base en la historia natural de cada enfermedad, apoyar en la planeación, instrumentación y aplicación de medidas contra epizoóticas y de medicina preventiva, así como en la determinación de regiones libres, endémicas de baja prevalencia, para endémicas y epidémicas.
  • Dar seguimiento a casos de enfermedad de notificación inmediata y obligatoria, a través del diseño y estructuración de protocolos y formas para la captura y registro de datos, así como a través del análisis de la información obtenida.
  • Mantener una estrecha coordinación con los diferentes Departamentos y Secciones que integran la Dirección Nacional y otras fuentes externas de información de tipo epidemiológico.
  • Elaborar conjuntamente con la Sección de Campañas Zoosanitarias, los Requisitos Zoosanitarios para la importación o movilización interna de bienes pecuarios o para uso en animales.
  • Incorporar a los laboratorios oficiales, acreditados, plantas procesadoras, productores acuícolas y avícolas al sistema de notificación de enfermedades.
  • Organizar, supervisar y evaluar la información zoosanitaria, a fin de poder determinar y jerarquizar las necesidades de atención en las diferentes provincias, comarcas y regiones.
  • Vigilar que se mantengan adecuados flujos de información, con los diferentes organismos nacionales e internacionales respecto a la situación y/o estado zoosanitario que guardan las enfermedades en el mundo, conformando el banco de información zoosanitaria mundial.
  • Supervisar y autorizar las publicaciones periódicas que den a conocer el comportamiento de las diferentes enfermedades de reporte obligatorio, a nivel nacional e internacional, para mantener la retroalimentación entre las partes normativas y operativas, basándose en los indicadores epidemiológicos.
  • Promover la elaboración de material didáctico de promoción y sensibilización que fomente la necesidad e importancia del reporte oportuno y veraz de la presentación de enfermedades.
  • Colaborar con la Sección de Campañas y Control Zoosanitario de Plantas, en la determinación de autorizaciones para la ubicación de explotaciones pecuarias o plantas procesadoras de productos de origen animal, en zonas de alto riesgo zoosanitario.
  • Establecer los métodos y parámetros bajo los cuales opera la determinación del cálculo de riesgo zoosanitario, el cual determina, en términos de probabilidad, el grado de peligrosidad que representa la importación o movilización interna de animales, sus productos o subproductos o cualquier otro elemento, capaz de vehiculizar agentes infecciosos de importancia en Salud Pública Veterinaria.
  • Organizar y mantener la mapoteca para la instrumentación de las tácticas y estrategias para el combate de enfermedades.

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