Usuarios del Departamento de Registro, queremos recordarles que, desde el 10 de agosto de 2021, entro en vigor y cumplimento la modificación por sustitución total del Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 65.05.51:08 por el RTCA 65.05.51:18 con sus respectivos anexos lo cual está presente en la Resolución No. 41 del 01 de marzo de 2021.
Que deben tomar en cuenta para el registro, los requisitos para productos nuevos y renovación, así como cada estudio para el respaldo del correcto registro de los medicamentos veterinarios y productos afines que deseen comercializar en el mercado nacional.
Tomar en cuenta el calendario indicado por los estados partes. Ya que estamos notando no están aportando este estudio en particular.