El movimiento internacional de mercancías agropecuarias que utiliza a Panamá como punto de tránsito o de salida requiere de controles cuarentenarios que permitan garantizar su trazabilidad y el transporte seguro durante su paso por el territorio nacional. En este proceso, la Dirección Ejecutiva de Cuarentena Agropecuaria del Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA) mantiene presencia en los puertos para verificar el cumplimiento de los requisitos sanitarios y fitosanitarios establecidos.

Cada país, de acuerdo a su condición fitozoosanitaria contará con los controles y medidas técnicas aplicables de acuerdo a la presencia o no, de enfermedades y/o plagas que puedan llegar a representar un riesgo de introducción, las mismas son establecidas por las Direcciones normativas competentes y ejecutadas por la Dirección de Cuarentena Agropecuaria, dentro de las operaciones en puntos de ingresos.
En el caso de las mercancías en tránsito, para determinados productos agropecuarios, el proceso inicia antes del arribo de la embarcación, con la recepción y revisión de la documentación necesaria para autorizar su ingreso y coordinar las medidas de control correspondientes.

Una vez que la embarcación llega al punto de ingreso, se desarrolla la denominada “libre plática”, en la que participan el capitán de la nave y las autoridades competentes. Durante este procedimiento se procede a declarar la mercancía transportada y se verifica la información relacionada con la carga.
Posteriormente, el personal de Cuarentena Agropecuaria realiza la inspección a bordo para verificar las condiciones de la mercancía y descartar la posible presencia de productos o subproductos que puedan representar un riesgo para el patrimonio Fito-Zoosanitario nacional. Para el mes de agosto el personal de cuarentena agropecuaria realizó la inspección de 36,421 contenedores en tránsito y 14 trasloading.

Por otra parte, cuando aplique, está la vigilancia continua durante las operaciones de traslado de la mercancía hacia los contenedores, en la cual previo a la carga, se debe verificar que las unidades contenerizadas se encuentren en condiciones adecuadas, para así recibir las mercancías y, durante esta operación de trasloading, el personal técnico debe mantener presencia física, para comprobar que la transferencia se realice de acuerdo con los procedimientos establecidos y que la carga movilizada corresponda con la documentación presentada.
Los puertos panameños acreditados por Cuarentena Agropecuaria también cuentan con procedimientos para atender operaciones especiales de trasloading de productos agropecuarios, particularmente para aquellos casos en que una unidad de transporte refrigerada pueda presentar daños en su sistema de enfriamiento o se produzca alguna situación fortuita que requiere trasladar la mercancía a otro contenedor. Estas operaciones se realizan bajo condiciones controladas y con el cumplimiento de los requisitos documentales y sanitarios correspondientes.

Una vez finalizada la operación, la mercancía queda asegurada y se procede con el sellado correspondiente por parte de la autoridad competente, permitiendo que continúe su recorrido hacia el país de destino.
El trabajo de Cuarentena en los puertos también comprende la supervisión de productos agropecuarios destinados a la exportación, verificando que cumplan con las disposiciones fitosanitarias requeridas por el país de destino, lo cual es verificado antes de salir del territorio nacional.
De esta manera, la vigilancia cuarentenaria acompaña a las mercancías en diferentes etapas de su recorrido: desde su ingreso al territorio nacional para tránsito, durante las operaciones portuarias hasta su salida hacia el país de destino.
El movimiento de mercancías de origen agropecuario, por el territorio nacional, aunque no esté destinada al mercado panameño, siempre deberán estar regulados por controles cuarentenarios, con el fin de reducir los riesgos sanitarios asociados al comercio internacional.
